En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por los abogados Edgar Jose Lozada Peña e Ivan Vicente Centeno Biñose, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 82.086 y 18.242, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Moises José Alvarado Coronil, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº 18.036.202, contra el Cuerpo de Policia Nacional Bolivariana