Se decreta Medida de Embargo Preventivo, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad Bs. 3.870.333,33 que corresponde el doble del capital adeudado, más los intereses compensatorios, moratorios y las costas calculadas al diez por ciento (10%). Con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de Bs. 2.170.333,33 que corresponde el capital adeudado, más los intereses compensatorios adeudados, moratorios y las costas calculadas prudencialmente por este Tribunal en un diez por ciento (10%). Se ordenó librar despacho-comisión y remitir mediante oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial a los fines de que mediante el sorteo respectivo designe el Tribunal de Municipio.