DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano ORLANDO ANTONIO FLORES RECHIA, identificado con la cédula de identidad N° V-20.109.221, contra la ciudadana SAMI CAROLINA ARGOTE ALLENDE, identificada con la cédula de identidad N° V-18.851.121. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 17 de octubre de 2017, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según se evidencia de acta asentada bajo el Nº 388, Folio 138, Año 2010, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regí.....