...PRIMERO: Declara CULPABLE al acusado SALAZAR GUZMAN VICTOR ANTONIO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 15-04-1970, de 40 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Abogado, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.675.289, y residenciada en CALLE 21, CASA Nº 51, CONSTANCIA II, OCUMARE DE LA COSTA, ESTADO ARAGUA, de los hechos acreditados por el Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO EN RIÑA, previsto y sancionado en el Artículo 425 parte in fine del encabezamiento y ultimo parte del mismo articulado del Código Penal, la cual tiene prevista una pena de UN (01) AÑO A TRES (03) AÑOS DE PRISION, cuyo término medio conforme lo prevé el Artículo 37 del Código penal, sería de DOS (02) AÑOS DE PRISION, ahora bien, al verificarse con el acervo probatorio evacuado en el desarrollo de este debate que la conducta desplegada por el acusado se encuentra revestida de la figura del PROVOCADOR, esto trae co.....