Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio conforme al Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Diciembre de 2016 y en la Sentencia N° 136, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Marzo de 2017 respectivamente, presentada por el ciudadano: JOSE GREGORIO DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.461.992, asistido por la abogada: LUISA PALIMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.242.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que une a los ciudadanos JOSE GREGORIO DIAZ Y BARBARA CRISANTE BARRIOS COLME.....