D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: ROSA ANGELINA PEÑA REMOLINA y RAIDAN ENMANUEL GARCIA PERNIA, cónyuges, mayores de edad, de este do¬micilio, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-25.045.535 y V-21.307.192, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dieciséis (16) de agosto del año dos mil trece 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, según consta del Ac¬ta N° 66, Folio 66 del año 2013.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada,.....