Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO con fundamento en las causales segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana MARILIN FERNANDES MARQUES contra el ciudadano JUAN MIGUEL DE ABREU DA ACOSTA, ampliamente identificados al inicio de esta decisión y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial por ellos contraído por ante el Consejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 6 de marzo de 2010, acta N° 22.-
Disuelto como ha quedado el vínculo matrimonial en virtud de la presente sentencia, queda igualmente disuelta la comunidad conyugal.-
Por cuanto la anterior decisión ha sido dictada dentro de la oportuni.....