DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el presente procedimiento de EJECUCION DE HIPOTECA incoado por los abogados ZOILA GALLARDO, LUIS VILLAMIZAR Y ANTONIO RIVERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 76.997,77.210 y 12.067 respectivamente actuando en su carácter de apoderados Judiciales de la CORPORACION WESTON C.A, Inscrita por ante el Registro Mercantil II, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 16, tomo 439-Asgdo, representada por el Ciudadano HORACIO MARCANO Venezola.....