Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial de Caracas y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad de actos administrativo, interpuesto por la Corporación Andina de Fomento (CAF), contra el Acto Administrativo dictado en fecha 03 de agosto de 2023, contenido en la Certificación Médico Ocupacional Nro. CMO 001.2023, emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL): SEGUNDO: SE ANULA la providencia administrativa objeto de la presente demanda contenciosa administrativa de nulidad. TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, así como de la Fiscalía General de la República, y del Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).