El Tribunal visto lo manifestado por el notificado y dando cumplimiento a la presente medida, declara SECUESTRADO el inmueble identificado con el N° 11, Edificio Mariño, situado en la calle Mariño, Maracay, Estado Aragua, y hace entrega del mismo a la parte actora Sociedad Mercantil Inversiones Chivapure, C.A., en la persona de uno de sus apoderados judiciales, Abogado ANDRES FRANCISCO TRUJILLO ANGARITA, Inpreabogado N° 44.194, quien en esta acto acepta en nombre de su representada el cargo de depositario judicial del inmueble objeto de la medida de secuestro y jura cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes la mismo.