-IV-
-DECISIÓN-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: ADMITE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano EUSEBIO JOSE VALOR FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.276.058, representado por el Abogado CARLOS DESIDERIO DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número V-28.570.