Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTUVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 242, ordinales 3°, 5°, 6° y 9°, consistente en: PRESENTACIONES PERIODICAS CADA TREINTA (30) DIAS, NO ACERCARSE AL SITIO DEL SUCESO, NO ACERCARSE A LA VICTIMA Y ESTAR PENDIENTE DEL PROCESO, al ciudadano YEFERSON RAFAEL ALVAREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V-15.470.534, de conformidad con los artículos 83 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 8 del Código Orgánico Procesal Penal vigente Venezolano. Líbrese lo conducente. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-.....