Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos IRENE ISABEL MUÑOZ APONTE Y FREDDY JESUS PEREIRA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.655.780 y V-20.334.883, respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante REGISTRÓ CIVIL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Acta de Matrimonio signada con el Nro. 067, Folio 075 , de fecha 22 de Marzo del año 2.013.