IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación interpuesta por abogado ELIAS GARCIA LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.516, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada HUGO ROLDAN MARTÍNEZ PÁEZ, ELÍAS ENOC FRANCO, IRAIDA MARINA PIRELA VILCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 7.694.194, 10.424.366, 5.709.420 y la Sociedad Mercantil: HUGO LINO C.A. (HUGOLICA) inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, bajo el N° 27, Tomo 18-A, de fecha 29 de abril de 1993, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripció.....