Con fundamento en todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede mercantil, declara SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALEXANDER ALFONSO URDANETA AMESTY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.971.619, de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil de este domicilio NATIONAL MOTOR CORP INC DE VENEZUELA C.A., inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 14 de agosto de 2001, bajo el N° 23, Tomo 106-A, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO e INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL. Se condena en costas a la parte demandante, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes de la presente decisión.