Por todas las razones supra indicadas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano DOUGLAS ALEXANDER VASQUEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cedula de identidad N° 9.699.450, y condena a la demandada: SANITARIOS MARACAY S.A. de este domicilio, cuya Representante Legal es la ciudadano ALVARO POCATERRA, en su condición de Gerente Ejecutivo de la referida Sociedad Mercantil, debiendo cancelar la suma de DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 17.847.818,30), por los conceptos demandados y por el cual éste Tribunal condena. Maracay, a los 1.....