Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el Recurso de Apelación presentado por la Ciudadana ABG. LISBETH PERUGINI AMARO, en su condición de Defensora de Confianza de los imputados FRANCISCO JAVIER MARCANO BERMUDEZ y YONNY JOSÉ PEREZ, contra la decisión dictada en auto de fecha 07 de Julio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, mediante la cual ese Tribunal decretó Medidas Privativa Judicial de Libertad, a los imputados arriba mencionados, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículos 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los Ciudadanos: Blanca Cecilia Moreno Alzate, Robinsón Aragonés Ospina y Franklin Orlando Jaramillo Tirado. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 447, 448.....