Por las consideraciones anteriormente expresadas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 6 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente;
UNICO: Se acuerda Sustituir la Medida Cautelar Judicial Sustitutiva de Libertad de Detencion Domiciliaria, que pesa en contra de la ciudadana Alexandra Milagros Oirdobro López, plenamente identificada en autos, por las de Presentación Periódica de cada Treinta (30) días a partir del recibo de la respectiva notificación, por ante Taquilla de Presentaciones de Imputados de este Circuito Judicial Penal y de Prohibición de Salida del País sin Autorización del Tribunal, todo de conformidad con el articulo 256 numerales 3º y 4º respectivamente del Código Orgánico Procesal Penal.
Dado en Barquisimeto, a los Quince días del mes de Febrero del año Dos Mil Ocho. Publíquese, Regístrese, Cúmplase y Notifíquese a las partes d.....