PRIMERO: Con lugar la inhibición planteada por la Juez de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la abogada LINDA LUGO MARCANO, en fecha 11 de octubre de 2.011, en el Juicio de Acción Posesoria por Despojo incoado por los ciudadanos JOSÉ RODRÍGUEZ DA SILVA y JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ DA SILVA, este último actuando como tercero adhesivo en la presente causa en contra de la ciudadana MAYLEN BETANCOURT. Así se decide.
SEGUNDO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se hace del conocimiento que la presente incidencia, fue dictada dentro del término establecido para ello.