Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ADMISIBLE provisionalmente, la presente Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo conjuntamente con Amparo Cautelar), interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS ARAGOL SARABIA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 9.289.023, abogado, inscrito en el Inpreabogado Nº 170.864, actuando en su propio nombre y representación, contra de la DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.
SEGUNDO: PROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada en la presente querella funcionarial, por el ciudadano JOSE LUIS ARAGOL SARABIA, titular de la cédula de identidad No. 9.289.023, abogado, inscrito en el Inpreabogado Nº 170.864, actuando en su propio nombre y representación, contra de la D.....