este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir el presente asunto, de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, ejercido por el ciudadano MANUEL DA SILVA RODRIGUEZ