se dictó Sentencia contra la cual se recurre en amparo, tal como consta de la misma traída a estos autos en copias simples y que fue dictada por este Juzgado Superior, es decir, por mi persona, (Folios 49 al 56), acompañada con la presente acción, es por lo que me considero incurso en la causal preexistente de Inhibición prevista en el Artículo 82 Ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil, esto es, por haber manifestado opinión sobre lo principal del pleito, pues, para garantizar una recta administración de Justicia y en aras de la imparciabilidad que me caracteriza, me considero incurso en la referida causal, por lo que debo separarme del mismo, pues tales hechos sanamente apreciados así me lo indican, en consecuencia es por ello que me INHIBO de conocer de la presente causa contenida en la causal preexistente de Inhibición supra señalada