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Decisiones del dia 15/03/2004

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 6632 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2004
Procedimiento:
Acción De Amparo Constitucional
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) VS.SENTENCIA EMANADA DEL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA, EN FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2003
Resumen:
la Acción de Amparo debe ser interpuesta por ante un Tribunal Superior a quien emitió el pronunciamiento, y por lo que este Tribunal Superior carece de competencia para conocer de la Solicitud de Amparo Constitucional interpuesta, por cuanto el superior a que se refiere el artículo 4 ejusdem es el jerárquico a quien emitió el pronunciamiento contra el cual se recurre en amparo en el caso subjudice observamos, que el Tribunal contra el cual se recurre en amparo, es contra este Juzgado Superior tal como se desprende del recurso, por lo que su superior jerárquico es la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por medio de Sentencia N°. 3436 de fecha 08 de diciembre de 2003, se pronunció sobre la competencia transitoria para conocer de las acciones de amparo cuyo conocimiento ordinario corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo...En consecuencia, de conformidad con lo antes expuesto, este Trib.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : 6632 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2004
Procedimiento:
Inhibicion
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) VS.LA SENTENCIA EMANADA DEL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA, EN FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2003, EN EL RECURSO DE QUERELLA FUNCIONARIAL INTERPUESTO POR LA EXTRABAJADORA EDDY LUCINA LOPEZ, CONTRA LA ASOCIACIÓN CIVIL INCE-ARAGUA A.C. Y SUBSIDIARIAMENTE AL INCE RECTOR
Resumen:
se dictó Sentencia contra la cual se recurre en amparo, tal como consta de la misma traída a estos autos en copias simples y que fue dictada por este Juzgado Superior, es decir, por mi persona, (Folios 49 al 56), acompañada con la presente acción, es por lo que me considero incurso en la causal preexistente de Inhibición prevista en el Artículo 82 Ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil, esto es, por haber manifestado opinión sobre lo principal del pleito, pues, para garantizar una recta administración de Justicia y en aras de la imparciabilidad que me caracteriza, me considero incurso en la referida causal, por lo que debo separarme del mismo, pues tales hechos sanamente apreciados así me lo indican, en consecuencia es por ello que me INHIBO de conocer de la presente causa contenida en la causal preexistente de Inhibición supra señalada
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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