D I S P O S I T I V A:
Por las razones antes expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE Y DECLARA CON LUGAR la INHIBICIÓN expresada por la Abg. GALHMIR GERRATANA CARDOZO, Juez Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con fundamento en el artículo 86 numeral 4 en concordancia con el 87 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión del presente Cuaderno Separado al mencionado Juzgado.
Regístrese, Diarícese, Déjese Copia y Remítase.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA Y PONENTE,
DRA. FABIOLA COLMENAREZ
EL MAGISTRADO DE LA CORTE,
DR. ALEJANDRO JOSE PERILLO SILVA
EL MAGISTRADO DE LA CORTE,
DR. JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
EL (LA) SECRETARIO(A),
ABG. ___________________
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.
EL (LA) SECRETARIO(A),
ABG. ___________________
CAUSA N.....