Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentara la ciudadana ARMAS VELASQUEZ TIVISAY DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.664.500, y de este domicilio, madre de los adolescentes (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano MUNDARAY MORENO ALFREDO JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.193.244, y de este domicilio. En consecuencia, el progenitor deberá cancelar la cantidad de de lo precedentemente establecido, decir la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 3.791.776), en seis cuota.....