DECISION
Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, intentara el ciudadano JESUS GERARDO NIEVES GONCALVES, contra BANCO CENTRAL DE VENEZUELA. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se ordena el pago de las indemnizaciones señaladas en la parte motiva de este fallo: 1.- INDEMNIZACIÓN POR EL ARTÍCULO 130 NUMERAL 3º, la cantidad de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUATRO BOLIVARES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (Bs./F.62.704,29).- 2.- INDEMNIZACIÓN DEL ARTÍCULO 571 DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO, la cantidad de VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs./F. 21.975,00).- 3.- DAÑO MORAL, LA CANTIDAD DE (Bs./F. 50.000,00).- Para el caso de que no se cumpliere voluntariamente con la sentencia, se ord.....