Se SUSPENDE la medida Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en el presente juicio en fecha quince (15) de noviembre de 2011, y participada a la Oficina de Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante oficio N° 11-0836, de esa misma fecha dieciséis (16) de noviembre del mismo año, que pesaba sobre el inmueble que a continuación se determina: "¿Un apartamento distinguido con el número ocho (N° 8), letra A (8-A) de la planta octava (8ª) y en el lado norte del edificio "Interlands", situado en la Urbanización El Marqués, en jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda"