DISPOSITIVA
En virtud de las razones fácticas y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, SANTA BARBARA Y AGUASAY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos: JULIO ELIAS CASTRO y YURAIMA COROMORO CABELLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.771.275 y 14.620.934, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio MARIA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.787. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron por ante la prefectura civil del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Sucre, en fecha día 13 de marzo de 1992, tal como se eviden.....