En fecha 24 de Septiembre de año 2020, se inició el presente procedimiento de divorcio 185 con la causal de DESAFECTO en virtud de la solicitud presentada ante órgano jurisdiccional en su carácter de distribuidor de turno, por la ciudadana: PEDRO JOSÉ ZAMUDIO ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-8.738.319, debidamente representado por el Abogado Juan Humberto Tovar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 124.367; contra la ciudadana CARMEN YELITZA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-8.512.488.
Alego la solicitante en su escrito: "Que en fecha 04 de Mayo de 1992, contrajo matrimonio civil, por ante la Jefatura Civil de El Recreo, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº de acta 102, Año 1992. Que de dicha unión procreamos dos (2) hijos, quienes en la actualidad son mayores de edad así como se evidenc.....