PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado GLENN RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada al término de la Audiencia Especial Por Captura, por parte del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha once (11) de marzo de dos mil veintidós (2022) que acordó revocar la medida cautelar sustitutiva de libertad, consagrada en el artículo 242, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y decretar la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano ORTEGA CENTENO CIPRIANO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 numerales 4° y 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional planteada por el abogado GLENN RODRIGUEZ, actuando en su carácter de Defensor Público Séptimo (7º) del estado Aragua en representación del ciuda.....