´Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos ASTRID CAROLINA FRAGIER ANDRADE Y CAMILO ANTONIO TABBAKH KILZI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V.- 18.779.088 y V.- 9.674.234 respectivamente SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, según acta de matrimonio N° 137, de fecha 27 de Mayo del año 2011. De igual manera, procédase la Ejecución de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) juegos de copias certificadas con oficio a los Re.....