D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: LUISA GRISEL MARGARITA LARA MARTINEZ y EDGAR DE JESUS HURTADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-10.547.184 y V-6.125.986 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día quince (15) de noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco (1985), por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 577, del año 1985.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala d.....