DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena conforme al articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal anticipadamente a los acusados JOSE REQUENA, TABEYDA JOSEFINA REQUENA, RAFAEL ANTONIO ALVAREZ, allì identificados, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) meses de prision, por los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, para los dos (02) primeros, y EXTORSION, para el último de éstos, previstos y sancionados en la Ley Especial sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores, contenido en el artículo 6º, y 455 del Código Penal respectivamente, el cual fue imputado por la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Aragua, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y con.....