D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: Eliécer Eduardo Briñez López e Ivonne Thais Bastidas Pérez, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedula de identidad Nros. V-20.118.339 y V-18.230.300 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Veintisiete (27) de Mayo del año Dos Mil Quince (2015), por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 68, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima Ley Orgánica de.....