Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos:JULIO JOSE ONTIVEROS GUARAPANO Y SANDRA MIGDALIA FLORES CARMONA,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-11.683.389y V-17.788.307, respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vínculo Conyugal que los une, contraído en fecha:veinticuatro (24) de Febrero del dos Mil doce(2012), por ante el Registro Civil de la parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora, del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 29, Folio029, tomo I, del año 2012, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el a.....