DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, “Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley”, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado BERNARDO RAMON VELÁSQUEZ en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de octubre de 2005, en el cual declaró “…PRIMERO: Con lugar las defensas contenidas propuestas por el ciudadano JORGE REYES TAPIA. SEGUNDO: Sin lugar el derecho a cobrar honorarios por parte del abogado BERNANRDO VELÁSQUEZ. TERCERO: Por la especial naturaleza de este fallo, no hay expresa condenatoria en costas…”.
Se CONFIRMA la decisión recurrida.
Regístrese,.....