DECRETA: Primero: La retención sobre el 50% de las prestaciones sociales que pudieren corresponder al ciudadano BASILIO MERCADO, titular de la cédula de Identidad N°: V-17.715.469, en caso de retiro o renuncia de donde labora, quien deberá remitirlo en cheque a nombre del Tribunal; para lo cual se ordena oficiar la Promotora Esencial GERSIN, C.A, ubicado en la Zona Industrial de Curiepe, Sector Guayas, Las Tejerías, Estado Aragua.- Segundo: Se ordena la retención de la quinta parte (1/5) de las utilidades o aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano mencionado, a los fines de cubrir los gastos navideños, los cuales deben ser entregados al hacer efectivo su pago, a la ciudadana GIAN ANDREINA MORALES, titular de la cédula de Identidad N° V-20.590.521, actuando en nombre y representación de su hijo******.- Tercero: Se ordena la retención del equivalente la quinta parte (1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, como obligación de .....