En tal sentido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Acuerda el CESE DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS, impuesto por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Ordinario de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29.06/2014, al imputado CORREO PALACIO OLIVENSE DE JESUS, como medida cautelar contenida en el artículo 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por sobrepasar tal régimen, a la pena mínima prevista en los delitos por el cual fue acusado. Todo ello, en atención al contenido del primer aparte del artículo 230 del Texto Adjetivo Penal.