Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto el abogado Luis Edgardo Colmenares Delgado, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELIU ESTIK SANDOVAL DÍAZ, NAHARIS OLEIGHT SANDOVAL DÍAZ y DUBRHOSKLIN GEHIEL SANDOVAL DÍAZ.