Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado el 4 de febrero del 2011 por los abogados RAFAEL ÁLVAREZ-LOSCHER y GHISELLE BUTRON actuando como apoderados judiciales de la parte intimada, contra la decisión dictada en la presente causa por los jueces retasadores en el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de enero de 2011. En consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda por intimación de honorarios profesionales intentada por los ciudadanos SILVIA DICKSON URDANETA, TONNY LINAREZ PERAZA y JORGE DICKSON URDANETA contra los ciudadanos JORGE RACHID YERBAILE GARGANO, MARÍA EUGENIA YERBAILE GARGANO, IYENI JOSEFINA YERBAILE GARGANO y BEATRIZ COROMOTO de YERBAILE.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
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