Con fundamento en las anteriores consideraciones este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos ULISE RODRIGUEZ, JUAN MARTINEZ, NELSON COLMENARES MEDINA, JOSE JAVIER VALE RAMOS Y ENRIQUE ANTONIO FIGUERA BOYER, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de identidad Nros. 7.917.736, 5.122.468, 12.054.377, 11.641.938 y 7.255.048 respectivamente, actuando en su carácter de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Presidente del Tribunal Disciplinario y Secretario de Cultura y Deportes del SINDICATO DE TRABAJADORES UNIDOS DE LA EMPRESA C.A. VENCEMOS EN EL DISTRITO METROPOLITANO (SINTUECAV), por las presuntas violaciones de derechos con.....