este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Declara: Primero: IMPROCEDENTE la solicitud de la de Medida Cautelar de suspensión de efectos de contra la Providencia Administrativa Providencia Administrativa Nº686-13, de fecha 23 de octubre de 2013, a favor del ciudadano Alexis José Fernández, titular de la cédula de identidad Nro. 10.082.293, en el expediente administrativo N° 027-2011-01-03186, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, contra la sociedad mercantil GUARDIANES DE SEGURIDAD INTEGRAL GUARSEINCA, C.A., inscrita por ante el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Miranda, en fecha 01 de agosto de 1994, bajo el N° 73, Tomo 40-A-Sgdo.
Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.