Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano YHERWINSON MANUEL HIDALGO RONDON, identificado con la cedula de identidad nro. V-12.688.709, contra la ciudadana ALENIA LISSETT PACHECO DE HIDALGO, identificada con la cedula de identidad nro. V-10.352.180, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día doce (12) de marzo del año 1999, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 15, Folio 31, Año 1999, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el e.....