Vista la solicitud formulada por la ciudadana DIVA COROMOTO NADALES GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.247.865, respectivamente, debidamente asistida en este acto por la ciudadana BERIOCA YAQUELIN PADRON LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.472.147 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.371, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO 05-11-04-U08-150-011-006-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Samán de Güere, Asentamiento Campesino La Morita I, Urbanización Villa Victoria, Calle Victoria, Nº 95, Municipio Santiago Mariño, la cual tiene una superficie de terreno de NOVENTA CON TREINTA METROS CUADRADOS (90,30Mts2) y metros de construcción de OCHENTA Y DOS CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (82,98Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: .....