D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por la ciudadana ELINA ISABEL GONZALEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-10.939.987, contra el ciudadano DIACE JOSE FAJARDO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-11.659.455 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día seis (06) de Enero del año 1988, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco de Miranda, Parroquia Pariaguán del Estado Anzoátegui, según consta de acta de matrimonio signada con el número 03, folios 10,11 y 12, Tomo I, del año 1988, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano,.....