este Tribunal DECLARA: IMPROCEDENTE la presente acción, por cuanto la pretensión del accionante no guarda relación con el espíritu y naturaleza de la Acción de Amparo Constitucional, a los fines de conseguir su satisfacción mediante decisión judicial, amen de la existencia de otros medios procesales eficaces e idóneos, ofrecidos por la jurisdicción ordinaria para alcanzar la tutela judicial efectiva a sus derechos que se dice violados y as í se decide.-