Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en sede Constitucional, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional Autónoma intentada por la ciudadana ODALIS ELENA RODRÍGUEZ LUCES, titular de la cédula de identidad N° V-9.861.053, asistida por el abogado Orlando Guzmán, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.238, contra la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional de conformidad con el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, intentada por la ciudadana ODALIS ELENA RODRÍGUEZ LUCES, titular de la cédula de identidad N° V-9.861.053, asistida por.....