PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación el 13 de julio de 2016, por el abogado JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 57.049, actuando en carácter de Defensor del ciudadano ARMANDO GASCON GONCALVES, con fundamento a lo establecido en los artículos 439 numerales 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada el 11 de julio de 2016, por el Tribunal Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se negó la conmutación del resto de la pena por cumplir en confinamiento al penado GASCON GONCALVES ARMANDO ANTONIO, titular de la cédula de identidad número V-19.967.853, fundamentado en lo establecido en el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 56 del Código Penal.