DISPOSITIVA
Por todo lo antes señalado, éste Juzgado en función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que me confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA: PRIMERO: La SUSTITUCION de la medida de SEMI-LIBERTAD, impuesta al ciudadano adolescente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (2) MESES Y UN (01) DIA. SEGUNDO: La medida de LIBERTAD ASISTIDA se impone por el lapso de UN (1) AÑO Y DOS (2) MESES Y UN (1) DÍAS. Y la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (1) AÑO, de manera SIMULTANEA; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal "E", contados hasta el día de su imposición en fecha 17 de octubre de 2007. Trasládese el referido ad.....