DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN propuesto por el Abogado ANDRES PINO, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 31 de mayo del 2007.
SEGUNDO: SE ANULA la antes identificada sentencia.
TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR la querella interdictal de amparo intentada por LEXAIDA MARIA CORVO DE RODRÍGUEZ, identificada contra OFELIA DEL CARMEN CORVO, igualmente identificada, MANTENIÉNDOSE LA MEDIDA DE AMPARO y restablecimiento del portón acordada por el A quo y ejecutada el 12 de diciembre del 2006.
CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS de la demanda a la parte querellada.