DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 447 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto, por el Defensor Público Nro. 26 Abogado JOSÉ AMALIO GRATEROL, en su carácter de Defensor de los ciudadanos WALTER SILVESTRE ESPINEL y HÉCTOR MIGUEL PIÑERO GONZÁLEZ, con fundamento en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión de fecha 23 de agosto del presente año, dictada por ante el Juzgado Trigésimo Séptimo (37º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: ADMITE la contestación presentada por la ciudadana AUDREY BERMI CHCÓN BARAZARTE, en su carácter de Fiscal Aux.....